Embajadas, Consulados y Misiones Multilaterales de Chile
Tramitación de la Solicitud de Asignación por Muerte (o Cuota Mortuoria) por el fallecimiento de un imponente activo o pensionado del sistema previsional administrado por el Instituto de Previsión Social (IPS).
Consiste en el reembolso de los gastos funerarios ocasionados por el fallecimiento de un imponente activo o pensionado del sistema previsional administrado por el IPS. Su monto equivale a un máximo de 3 ingresos mínimos mensuales para fines no remuneracionales, aunque haya sido imponente o pensionado en más de una ex – Caja de Previsión. Este beneficio corresponde a quien demuestre haber pagado los gastos funerarios. Establecido en DFL 90
En los Consulados de Chile.
A la persona natural o jurídica que acredite haber pagado los gastos funerarios de un imponente activo o pensionado del sistema previsional administrado por el IPS mediante Factura Original de gastos funerarios.
Obtención del Beneficio de Asignación por Muerte (o Cuota Mortuoria) IPS
No tiene costo.
IMPORTANTE:
Los receptores de una pensión o beneficio del Instituto de Previsión Social, residentes en Argentina o Suecia podrán prescindir de la presentación de los requisitos: "Certificado Bancario y Formulario de Antecedentes Bancarios" exigido para el pago de su beneficio en el exterior y solicitar que sean remitidos a través de la empresa Western Unión, lo que deberán hacer presente ante el Consulado donde efectúen la solicitud de beneficio correspondiente.